miércoles, 30 de junio de 2010

Caso Clinico nº 3 - Aborto


Paciente sexo femenino, de 15 años, consulta en policlínico de urgencias de maternidad. Es llevada por sus padres quienes refieren acudir porque su hija acusa fuerte dolor abdominal de tipo cólico en hipogastrio de 2 días de duración asociado a sangrado genital. Antecedente de dismenorrea grado II a III, desde la menarquia. Signos vitales: PA 120/80, pulso 110 x min, FR 16 x min, Tª 37.5º.

En el box de atención fuera de la vista de sus padres, la paciente refiere que no tenía menstruaciones desde las vacaciones de verano, fecha en la cual mantuvo relaciones sexuales con su pololo. No se ha controlado por temor a sus padres. Al examen se constata un útero grávido de aproximadamente 2º mes de embarazo. A la especuloscopía un cuello entreabierto por el cual salen restos ovulares con mal olor, y sangre fresca en regular cantidad.

• PREGUNTA Nº 1 ¿Cuál es el [los] diagnostico [s] mas probable [s] de la paciente?
a) Aborto incompleto

b) Aborto espontáneo
c) Aborto séptico

d) Aborto completo

e) Aborto provocado

f) Amenaza de aborto

Una vez que la paciente se encuentra sola le solicita al médico que la atiende que no le comunique el diagnóstico a sus padres. Sin embargo se requiere hacer exámenes complementarios y una ecografía ginecológica para lo cual debe ser hospitalizada.


• PREGUNTA Nº 2
¿Qué debe hacer el médico?
¿Qué valores y principios ve Ud. que están en conflicto?


•PREGUNTA Nº 3 ¿Cuáles diría Ud. que son las obligaciones del médico para…?
Con los padres ¿Qué derechos tienen?
Con la paciente ¿Qué derechos tiene?
Con la sociedad ¿deberes del médico ante un aborto?


• PREGUNTA Nº 4:
Comente con su docente este caso y pregúntele si ha tenido alguna situación de confidencialidad que se oponga a otros principios. ¿Qué ha hecho?

3 comentarios:

  1. En relación a este caso, me gustaría plantear un tema de discusion que ocurrio hace poco tiempo, que tiene relación con la nueva ley de aborto en España. La entraró en vigor el 5 de julio, establece que permite abortar libremente dentro de las 14 primeras semanas de gestación y en algunos casos hasta la 22 cuando se detecten graves peligros para la salud de la madre o malformaciones en el feto.
    Además, las chicas de 16 y 17 años deberán informar al menos a uno de sus padres o tutores legales su deseo de abortar, salvo que puedan alegar fundadamente que dicha comunicación pueda suponerles “un peligro cierto de violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos o se produzca una situación de desarraigo o desamparo”.
    Desde este punto de vista me parece bueno destarcar, que la fecha de semanas hasta donde se permite me parece mucho, a pesar de que sean peligros o malformaciones. Por lo que igual conlleva un gran riesgo.
    Por otra parte la edad me parece mal, ya que, no cumple con ninguna medida concreta, ya que no son en mayores de 18 años, pero igual existe la posibilidad de abortar sin comunicarle a los padres.

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  2. Aqui lo mas importante es que al tomar la decisiones que tomemos no afecten el curso terapéutico mas correcto que se debe tomar. Por lo que si es necesario realizar algún procedimiento, debe hacerse y ser cautelosos en actuar, logrando tener una relación lo mejor posible entre la hija y los padres.
    Para realizar esto, lo importante es realizar una consejería con nuestra paciente para ver si esta situación tiene otro curso de acción

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  3. me parece que lo que siempre se debe tener en claro es que frente a cualquier patología, sea cual sea su origen e implicancias los pacientes está en derecho de saber lo que les pasa y en el caso de menores de edad nos encontramos ante la obligación no solo moral sino que también legal dado que son los padres los que tiene la autoridad sobre lo que se hace o no, pero lo que si se puede hacer es darle la oportunidad en primera instancia al paciente de comunicar su patología como él estime conveniente

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